Tras la reunión habitual del Ente Mixto de Turismo de nuestra ciudad se brindó una conferencia de prensa en la que se manifestó el beneplácito por la reciente aprobación por parte del cuerpo legislativo municipal de la Ordenanza que crea los mecanismos para el financiamiento del mismo, lo que permitirá avanzar en forma certera en la definición de las acciones promocionales previstas en el corto, mediano y largo plazo a los efectos de seguir posicionando a la ciudad y la comarca como un destino turístico de excelencia.
El titular del Ente y Secretario de Turismo de la comuna, Gabriel Percaz, recordó inicialmente que sobre mediados del año en curso se conformó el directorio de este organismo, en el que toman parte activa todos los actores vinculados directa e indirectamente a la actividad turística a través de sus representantes, siendo sus principales objetivos posicionar la marca Península Valdés Patrimonio de la Humanidad asociando a la ciudad de Puerto Madryn como puerta de entrada del destino; Organizar y propiciar programas de promoción; Promover, respaldar, participar y adherir a congresos, convenciones, festivales que tiendan a facilitar la comercialización de productos y servicios exportables; Investigar los mercados turísticos actuales y potenciales y Ser organismo de consulta en la elaboración y análisis de propuestas de desarrollo, planeamiento, utilización, definición y programación de actividades turísticas.
Para dar cumplimiento a estos objetivos se crea un fondo integrado por aportes del sector público y del sector privado para financiar el plan de marketing y otras acciones del Ente.
El Directorio está conformado de la siguiente manera: Presidente, Lic. Gabriel Percaz (Secretario de Turismo); Vicepresidente, Graciela Basualdo (AHRCOBA); Secretaria, Rossana Boglione (AAVYT); Tesorero, Julio Fernández Duque (Red de Alquileres Temporarios); Sindico, Carlos Tapia (Sec. de Hacienda); Vocales: Marcelo Corral (AOB), Roberto Pereyro (Terminal de Ómnibus), Héctor Ricciardolo (APPM), Oscar Comes (CAMAD) y Marcos Nicocia (Sec. de Hacienda) y designados como directores suplentes Mariano Alfonso (AHRCOBA), Guillermo Paats (AAVYT), Eduardo Martínez (Red de alquileres temporarios), Hugo García (AOB), Roxana Soldani (Terminal de Ómnibus), David De Bunder (APPM), Anabella Manzur (CAMAD) Alicia Sacks (Sec. de Turismo), y Ricardo Garagarza y Sergio Segovia en representación del Concejo Deliberante, mientras que ha sido designado como Gerente Operativo Adrián Contreras.
La Ordenanza 7252 que crea la tasa que sustentará económica y financieramente este Ente establece que a partir de que la actividad Turística en nuestra ciudad es uno de los pilares de la economía local, y que para su desarrollo es necesario una fuerte promoción para lo cual resulta necesario establecer una tasa a fin de crear el Fondo de Promoción Turística, según se determina del análisis realizado de distintos modelos de Entes Mixtos existentes en el país.
A partir de allí, se aprueba la Tasa Turística Municipal por el ejercicio de la actividad comercial, profesional o de servicio vinculada en forma directa con la actividad turística, que será utilizado como aporte del sector privado destinado al financiamiento del Ente Mixto de Promoción Turística de la Ciudad de Puerto Madryn y considera como contribuyentes a las personas de existencia física o jurídica y demás entes que realizan las actividades mencionadas, y que se encuentren comprendidas conforme la clasificación internacional uniforme de las actividades turísticas de la Organización Mundial de Turismo, según consta en la Ley Nacional de Turismo 25.997 Anexo I, representados en nuestra ciudad por: hoteles, residenciales, hosterías, campings, alquileres temporarios, complejos y hostel; y aquellos alojamientos comprendidos por la legislación vigente. Agencias y empresas de viajes y turismo, transporte terrestre de pasajeros, otros transportes terrestres no clasificados, alquiler de autos sin chofer, servicios de excursiones marítimas con fines turísticos, servicios de centros de turismo de aventura, operadoras de buceo, ecoturismo o similares. Restaurantes, cafés, casas de comidas, pizzerías y sandwicherías, kioscos de comida ligera, bares, confiterías y establecimientos similares. Servicios de diversión, esparcimiento, boliches, concesiones y regionales; y/o aquellos que a solicitud del Ente Mixto y por Resolución del Ejecutivo Municipal se nombren como contribuyentes.
El monto de la tasa se determinará por la aplicación de una alícuota del 0,5 % sobre la base imponible formada por los ingresos brutos devengados en el mes inmediato anterior, o la base imponible de calculo para la tasa por Habilitación, Inspección, Seguridad e Higiene y Control Ambiental. La tasa se liquidará mensualmente por declaración jurada presentada por el contribuyente y los vencimientos operaran de igual manera que la Tasa por Inscripción, Inspección, Seguridad e Higiene y Control Ambiental.