AUTORIZACIÓN E INSPECCIÓN A COMERCIOS PARA VENDER PIROTECNIA EN LA CIUDAD
Hoy por la mañana, Pablo García, subsecretario a cargo del área de Gobierno de la Municipalidad de Puerto Madryn, encabezó una reunión con Liliana Tagmano, a cargo de la Dirección de Inspecciones Generales, y Ricardo Saavedra de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Puerto Madryn. El objetivo del encuentro fue coordinar acciones a desarrollarse en el marco del proceso de autorización e inspección de locales comerciales que inicien los trámites para vender pirotecnia.
La Municipalidad de Puerto Madryn recuerda que únicamente los quioscos, jugueterías o cotillones habilitados, que opten por la venta de artículos de pirotecnia en las condiciones establecidas según la Ordenanza N° 8272, deben solicitar la autorización al Departamento de Comercio e Ingresos Brutos de la Secretaría de Hacienda hasta el martes 16 de diciembre como último plazo. Los comerciantes minoristas tendrán que abonar un canon de 4000 pesos, mientras que los mayoristas deberán pagar 20.000. La venta se podrá llevar a cabo, sin excepción, desde el 23 de diciembre al 6 de enero de 2015.
Vale destacar que los interesados deberán solicitar autorización, tanto en los casos de estar rotulados como minoristas como los mayoristas de distribución. Tras completar los formularios pertinentes en el Departamento de Comercio e Ingresos Brutos, ubicado en Belgrano 206, hall de Hacienda de la Municipalidad, se realizarán las inspecciones pertinentes a fin de determinar la autorización. Posteriormente, con el aval por escrito, el propietario y/o responsable deberá abonar el canon de acuerdo a la clasificación comercial.
Así, los mayoristas tendrán un valor 20.000 pesos; en caso de ser minorista, la persona deberá abonar un canon de 4000 pesos. La autorización para realizar la venta se otorgará desde el 23 de diciembre al 6 de enero de 2014 sin excepción. Se solicita a las personas interesadas realizar el trámite con la suficiente antelación a los efectos de evitar inconvenientes.
El próximo 22 de diciembre se llevará a cabo un nuevo encuentro entre agentes del área de Inspecciones Generales y Bomberos Voluntarios con el objeto de analizar los resultados de los controles efectuados a los comercios que solicitaron autorización para vender artículos de pirotecnia. En tal sentido, se evaluará si cumplen con las disposiciones de la Ordenanza N° 8272/12.
Requisitos
De acuerdo a la normativa vigente, todo comercio habilitado para la venta de artículos de pirotecnia deberá disponer de un sector adecuado para el almacenamiento y receptáculos apropiados para el depósito de dichos artefactos (procurar que el espacio físico sea seco y ventilado).Además, deberán exhibir un cartel visible con la siguiente leyenda: “Artificios pirotécnicos – Prohibido Fumar”, debiéndose instalar fuera del alcance del público; contar con un matafuego tipo AFFF (de agua) de 10 kilogramos y quedando prohibida la venta de artículos a menores de 16 años.
Cabe destacar que los artificios pirotécnicos, que se exhiban en vidrieras y/o en el interior de los comercios, deberán ser muestras inocuas.
Pirotecnia clandestina en la vía pública
Desde el Municipio se hacen extensivos los alcances de la legislación vigente sobre el régimen de comercialización de pirotecnia en nuestra ciudad, más aún en función de la existencia de artículos de pirotecnia de fabricación clandestina, que ponen en un mayor peligro la integridad física de las personas. A su vez, la exposición y venta de elementos pirotécnicos en la vía pública representa un potencial peligro para los transeúntes, en el caso de producirse un accidente ígneo.