DEFENSA DEL CONSUMIDOR

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

31 enero, 2012

La Subsecretaria de Participación Ciudadana y Equidad de Género, Marcela Curache, se reunió con el Director General de Defensa del Consumidor de la Provincia, Facundo Vega y el Director de Defensa del Consumidor Guillermo Oga, encuentro durante el cual se enfatizó en la necesidad de articular acciones en torno a la capacitación de los consumidores como herramienta en la defensa de sus derechos.
Se tomó para análisis de este municipio la adhesión al Sistema de Arbitraje de Consumo Turístico, lo cual permitiría el arbitraje como mecanismo ágil y efectivo de resolución de disputas del consumo para turistas. Este sistema ya se está implementando en distintos puntos turísticos del país como un sello de calidad.
Este tribunal arbitral, que por sus características, se lo podría denominar “express” para turistas, es decir que están destinados para que las personas que vienen por pocos días y con el objeto de descansar no vean arruinadas sus vacaciones por un problema como consumidores, que los afecta, y que no se llega a resolver en el tiempo en que están en la ciudad.
Cabe recordar que esta gestión municipal ha creado el área de educación de consumidores y usuarios conforme a lo que establece la ley, a través de la cual se está planificando llevar a cabo talleres, encuentros de capacitación, y actividades comunitarias para que participativamente conozcan y ejerzan sus derechos a un consumo equitativo, solidario y sustentable.
La meta permanente de la Oficina Municipal de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios, se condice con la impronta de un Estado Municipal presente y con un proyecto de ciudad inclusivo, en el que se garanticen y se respeten los derechos de todos y todas a: un trato digno y equitativo sin abusos, derecho a ser escuchados, derecho a que se cumplan las condiciones y garantías de los productos que compramos, entre otros.
Esos derechos están amparados por la Constitución Nacional en el articulo N° 42, por la Constitución de la Provincia del Chubut en su articulo N° 33, y por la Carta Orgánica Municipal en su Artículo N° 75. Asimismo, se encuentran regulados por la Ley Nacional N° 24.240 y modificatorias, y la Ley Provincial VII – N° 22 y su Decreto Reglamentario.

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