ACTO POR EL DÍA DE LA BANDERA

13 - junio - 2008

El próximo viernes 20 de junio la Municipalidad de Puerto Madryn conmemorará un nuevo aniversario del Día de la Bandera con una ceremonia que se desarrollará en instalaciones del Bingo Municipal –sito en Belgrano 585– a las 10 horas.
En la citada celebración doscientos alumnos de 4º año de las escuelas municipales compartirán en conjunto la promesa de lealtad a la Bandera Nacional. Esta ceremonia fue establecida para esa fecha por ley Nacional 10.302/44, a la que ha adherido la Provincia del Chubut a través de la Ley 4296/97 y la ciudad de Puerto Madryn a través de la Ordenanza Nº 1996/97.
Las escuelas Municipales concretarán con lo estipulado en la ley al concretar la Promesa de Lealtad en el Día de la Bandera es decir; el mismo 20 de junio por lo que se invita a toda la comunidad en general a acercarse al Bingo Municipal y compartir con estos niños el importante momento que para ellos en particular y para todos los argentinos en general representa este compromiso con nuestro máximo símbolo patrio nacional.
El desarrollo de la conmemoración contempla: presentación de autoridades, ingreso de banderas de ceremonias, entonación del Himno Nacional Argentino – acompañado por la Interpretación en Lengua de Señas que harán los alumnos del Coro en Lenguas de Señas del Club Municipal de Ciencias-, palabras alusivas, promesa de Lealtad a la Bandera, actuación artística de los Alumnos.
Es de destacar que los alumnos de las tres escuelas municipales y sus papás serán trasladados desde los establecimientos educacionales hasta el Bingo Municipal en micros que partirán a las 9.00 horas y en dos viajes consecutivos, al igual que al regreso, luego de concluida la ceremonia.

FERIADO POR EL DÍA DE LA BANDERA
La Dirección de Comunicación, Prensa y Ceremonial de la Municipalidad de Puerto Madryn informa a la comunidad que de acuerdo al cronograma de feriados y conmemoraciones difundido por la Dirección Nacional de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior de la Nación, el próximo viernes 20 se conmemora el Día de la Bandera, cuyo feriado nacional es trasladado al lunes 16 de junio, de acuerdo a lo que fija la Ley 24.445.

LA BANDERA
La Bandera Nacional, la primera enseña patria creada por el general Belgrano el 27 de febrero de 1812, fue consagrada con los mismos colores «celeste y blanco» por el Congreso de Tucumán el 20 de julio de 1816 y ratificada por el mismo cuerpo en Buenos Aires, el 25 de febrero de 1818.
Para glorificarla el Congreso sancionó, el 8 de junio de 1938, una ley que fija como Día de la Bandera -y lo declara feriado- el 20 de junio, aniversario de la muerte de su creador, Manuel Belgrano.
En el último párrafo del oficio que Belgrano envió al Gobierno aquel 27 de Febrero de 1812 dice: «Siendo preciso enarbolar Bandera, y no teniéndola la mandé hacer blanca y celeste conforme a los colores de la escarapela nacional: espero sea de la aprobación de V. E.»
De acuerdo a lo establecido en el decreto 10.302 del 24 de abril de 1944, la Bandera Oficial de la Nación es la bandera con sol aprobada en el Congreso de Tucumán.
Sus colores están distribuidos en tres fajas horizontales, dos celestes y una blanca en el medio, en cuyo centro se reproducirá el Sol figurado de la moneda de oro de ocho escudos y de la de plata de ocho reales que se encuentra grabado en la primera moneda argentina. El color del sol es el amarillo del oro.
En 1985 la Ley 23.208 establece que «tienen derecho a usar la Bandera Oficial de la Nación, el Gobierno Federal, los Gobiernos Provinciales y del Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como también los particulares, debiéndosele rendir siempre el condigno respeto y honor».
De esta manera quedó derogado el tercer artículo del decreto del año 1944 que permitía a los particulares el uso de «los colores nacionales en forma de bandera, sin sol, de escarapela o de estandarte». (Información http://www.presidencia.gov.ar/ ).
Es de destacar que aquellos vecinos y propietarios de comercios que en celebración del Día de la Bandera, ornamenten los frentes de viviendas, deberían utilizar las denominadas “Banderas de Ornato”. Para ornamentación se deberían usar los colores nacionales en forma de bandera sin sol; de escarapela o de estandarte, o gallardete. En este caso no deberían ser utilizadas las Banderas de Izar. La Bandera Nacional, que se ice al frente de los edificios escolares estatales y públicos y en los mástiles, será la Bandera Oficial de la Nación, con sol, de lanilla o tela similar, con un refuerzo de tela resistente color blanco, cosido en el borde destinado a unir con el asta. Las dimensiones de estas banderas guardarán entre sí la razón y las del Sol serán 2/5 entre los diámetros y de 5/6 entre el diámetro mayor y el ancho de la franja.