CENSO NACIONAL

26 - octubre - 2010

Ante la gran cantidad de consultas recibidas; se recuerda que mañana, miércoles 27 de octubre, día de realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda 2010 es Feriado Nacional.
El Decreto 67/10 del Poder Ejecutivo Nacional, al cual adhiere el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto Nº 246/10, establece el 27 de octubre de 2010 como el día de realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas del 2010, fecha que queda establecida como feriado nacional en los términos de la Ley 24.254.
En su artículo 2º dicha ley establece expresamente para los días de realización de un Censo de Población, la prohibición durante el feriado de toda clase de actividad comercial y de espectáculos públicos cerrados y al aire libre. A los efectos del relevamiento, la prohibición regirá desde la hora 8:00 hasta la hora 20:00 del día miércoles 27.
La prohibición alcanza a:
Clubes, polideportivos y gimnasios.
Comercios de expendio y consumo de alimentos y bebidas.
Espectáculos de cine, teatro y toda otra actividad comercial que implique afluencia de público.
Competencias deportivas profesionales y no profesionales.
Eventos culturales, de información y de capacitación.

ASUETO PARA AFECTADOS
Asimismo, el Departamento Ejecutivo Municipal ha adherido al Decreto Provincial 1568/10 declarando asueto administrativo el día 28 de octubre para el personal de la Municipalidad afectado al Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda 2010. El resto de los empleados municipales desempeñará normalmente sus funciones y tareas.

CENSO NACIONAL

25 - octubre - 2010

Ante la gran cantidad de consultas recibidas; se recuerda que el próximo miércoles 27 de octubre, día de realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda 2010 es Feriado Nacional.
El Decreto 67/10 del Poder Ejecutivo Nacional, al cual adhiere el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto Nº 246/10, establece el 27 de octubre de 2010 como el día de realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas del 2010, fecha que queda establecida como feriado nacional en los términos de la Ley 24.254.
En su artículo 2º dicha ley establece expresamente para los días de realización de un Censo de Población, la prohibición durante el feriado de toda clase de actividad comercial y de espectáculos públicos cerrados y al aire libre. A los efectos del relevamiento, la prohibición regirá desde la hora 8:00 hasta la hora 20:00 del día miércoles 27.
La prohibición alcanza a:
Clubes, polideportivos y gimnasios.
Comercios de expendio y consumo de alimentos y bebidas.
Espectáculos de cine, teatro y toda otra actividad comercial que implique afluencia de público.
Competencias deportivas profesionales y no profesionales.
Eventos culturales, de información y de capacitación, gratuitos y arancelados. Casamientos y ceremonias realizadas en recintos abiertos al público.