INFRACCIONES EN LA COSTA
Desde la Dirección de Veterinaria y Zoonosis se recuerda a la comunidad que está vigente la ordenanza 4.981 en la cual se expresa que se prohíbe expresamente la circulación de perros en la zona de playa comprendida entre el Camping El Golfito y el Muelle Almirante Storni durante todo el año, colaborando con ello, a las medidas higiénico sanitarias que requiere el uso de este sector de la ciudad para el esparcimiento y la recreación.
En tanto se aclara que se autoriza exclusivamente el paseo de canes por la rambla del paseo costanero entre las 20 y las 8 horas del día siguiente. Es obligatorio que el can sea conducido con collar o pretal y con correa.
Ante la presencia constante de perros en la zona de playa, inspectores de la Dirección de Veterinaria y Zoonosis recorren la zona especialmente comprendida entre el Muelle Piedra Buena y el Monumento al Indio, zona con mayor afluencia de público durante la temporada estival.
Cabe mencionar que los inspectores tienen la facultad de labrar las actas correspondientes a los dueños que concurran con sus perros a la playa dando así cumplimiento a la ordenanza vigente.