OBLIGATORIEDAD DE LA VENTA DEL CASCO REGLAMENTARIO PARA MOTOCICLISTAS

11 - mayo - 2011

La Coordinación de Tránsito y Transporte dependiente de la Secretaría de Gobierno y Trabajo de la Municipalidad de Puerto Madryn recordó la plena vigencia de la Ordenanza 3875/01, mediante la cual la comuna adhiere en todos sus términos a la Ley provincial N° 4642/00 por la cual se dispone la obligatoriedad de la venta del casco reglamentario. Atento a ello desde el área de referencia se indicó que se comenzará con una exhaustiva campaña de difusión de la norma, sobre todo en aquellos comercios que venden ciclomotores y motocicletas, intensificándose asimismo el control durante los operativos de rutina de tránsito sobre el correcto uso de este elemento de seguridad.

ALCANCES DE LA LEY
La ley, a la cual ha adherido el Municipio, determina “como obligatorio en todo el territorio de la provincia del Chubut, la incorporación de un casco reglamentario, aprobado por las normas correspondientes, en la venta de ciclomotores, cuatriciclos, triciclones y motocicletas de cualquier cilindrada que efectúen los comercios dedicados al ramo, salvo acreditación de posesión del mismo”, acotando que “la venta y provisión del casco correspondiente deberá ser incorporada a la misma factura de adquisición a la categoría de la unidad motriz”.
Asimismo es importante tener en cuenta que “en caso de accidentes o infracciones de tránsito, de ser necesario, la autoridad de control podrá requerir a través del organismo correspondiente, la facturación al comercio que realizó la venta de esa unidad motriz”.

OBLIGATORIEDAD DE LA VENTA DEL CASCO REGLAMENTARIO PARA MOTOCICLISTAS

27 - diciembre - 2007

La Coordinación de Tránsito y Transporte dependiente de la Secretaría de Gobierno y Trabajo de la Municipalidad de Puerto Madryn recordó la plena vigencia de la Ordenanza 3875/01, mediante la cual la comuna adhiere en todos sus términos a la Ley provincial N° 4642/00 por la cual se dispone la obligatoriedad de la venta del casco reglamentario. Atento a ello desde el área de referencia se indicó que se comenzará con una exhaustiva campaña de difusión de la norma, sobre todo en aquellos comercios que venden ciclomotores y motocicletas, intensificándose asimismo el control durante los operativos de rutina de tránsito sobre el correcto uso de este elemento de seguridad.

ALCANCES DE LA LEY
La ley, a la cual ha adherido el Municipio, determina “como obligatorio en todo el territorio de la provincia del Chubut, la incorporación de un casco reglamentario, aprobado por las normas correspondientes, en la venta de ciclomotores, cuatriciclos, triciclones y motocicletas de cualquier cilindrada que efectúen los comercios dedicados al ramo, salvo acreditación de posesión del mismo”, acotando que “la venta y provisión del casco correspondiente deberá ser incorporada a la misma factura de adquisición a la categoría de la unidad motriz”.
Asimismo es importante tener en cuenta que “en caso de accidentes o infracciones de tránsito, de ser necesario, la autoridad de control podrá requerir a través del organismo correspondiente, la facturación al comercio que realizó la venta de esa unidad motriz”.