USO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN EL TRÁNSITO

3 - diciembre - 2007

La Coordinación de Tránsito y Transporte dependiente de la Secretaría de Gobierno y Trabajo de la Municipalidad de Puerto Madryn recordó la plena vigencia de la legislación que hace referencia al uso de elementos de seguridad al momento de conducir. Concretamente el cinturón de seguridad en automotores y del casco reglamentario en moto vehículos.
Sobre el particular se señaló que durante esta semana proseguirán los operativos con un fuerte énfasis en la prevención recomendando a los automovilistas que hagan uso del cinturón de seguridad, pero ya sobre el próximo fin de semana se comenzarán a labrar infracciones a quienes hagan caso omiso. Lo mismo acontece con el uso del casco por parte de los motociclistas, siendo dable señalar que a partir de la serie de operativos preventivos ha disminuido notablemente la cantidad de personas que no utilizan sendos elementos; hecho altamente positivo ya que los mismos tienen una relación directa con la mayor seguridad de quienes hacen uso de la vía pública.
Paralelamente, desde la referida Coordinación de Tránsito y Transporte se recordó la plena vigencia de la Ordenanza 3875/01, mediante la cual la comuna adhiere en todos sus términos a la Ley provincial N| 4642/00 por la cual se dispone la obligatoriedad de la venta del casco reglamentario. Atento a ello desde el área mencionada se indicó que se comenzará con una exhaustiva campaña de difusión de la norma, sobre todo en aquellos comercios que venden ciclomotores y motocicletas, intensificándose asimismo el control durante los operativos de rutina de tránsito sobre el correcto uso de este elemento de seguridad.
La ley, a la cual ha adherido el Municipio, determina “como obligatorio en todo el territorio de la provincia del Chubut, la incorporación de un casco reglamentario, aprobado por las normas correspondientes, en la venta de ciclomotores, cuatriciclos, triciclones y motocicletas de cualquier cilindrada que efectúen los comercios dedicados al ramo, salvo acreditación de posesión del mismo”, acotando que “la venta y provisión del casco correspondiente deberá ser incorporada a la misma factura de adquisición a la categoría de la unidad motriz”.
Asimismo es importante tener en cuenta que “en caso de accidentes o infracciones de tránsito, de ser necesario, la autoridad de control podrá requerir a través del organismo correspondiente, la facturación al comercio que realizó la venta de esa unidad motriz”.