VENTA DE MEDICAMENTOS SOLO EN FARMACIAS

29 junio, 2010

El próximo 1º de julio de 2010 entra en plena vigencia la Ordenanza Nº 7368 que adhiere a la Ley Nacional N° 26.567 referida al permiso exclusivo de venta de medicamentos, catalogados como de “venta libre” únicamente en las farmacias habitadas.
Vale destacar que Puerto Madryn adhiere mediante Ordenanza a la Ley Nacional N° 26.567, modificatoria del régimen legal del ejercicio de la actividad farmacéutica estableciendo la obligatoriedad de vender los medicamentos denominados venta libre únicamente en las farmacias habilitadas y de esta manera no autorizando la venta en otro tipo de comercios.
Con la Resolución Nº 1570 se reglamenta la normativa tendiente a morigerar aquellos factores que contribuyen a la expansión de prácticas que pone en peligro la salud de la población, manifestándose en la automedicación como práctica fuertemente estimulada.
El farmacéutico es un profesional capacitado para evacuar las consultas primarias sobre salud pública y realizar la correcta derivación de cada paciente logrando la atención a tiempo de cada problema. En este sentido resulta necesario regular la venta de medicamentos en nuestra ciudad, a fin que la compra de los medicamentos sean en lugares habilitados para tal fin.
Además de aspectos netamente regulatorios y de control, se acordó con el Colegio Médico el compromiso de entrega de folletos actualizados con las farmacias de turno para ser entregados en los Centros de Salud, así como la difusión a través de medios propios de la Municipalidad. Es por ello que en la web del Municipio, www.madryn.gov.ar pueden consultarse las farmacias de turno, y sus direcciones; a la vez que desde la comuna y tal como lo establece la norma, se determina que la Subsecretaría de Gobierno y Trabajo a través de las misiones y funciones conferidas a la Dirección de Inspecciones Generales será la autoridad de aplicación autorizada a realizar tanto los controles y multas.

ASPECTOS DE LA NORMA
En el año 1991 a través del Decreto 2284, se desreguló los ámbitos en que se pueden vender medicamentos denominados O.T.C. (out the counter) o venta libre y son aquellos que están destinados a la población en general sin que estén supervisados por un profesional, para ello deben contener en sus etiquetas toda las condiciones para un correcto uso. Según un informe emitido por la Sociedad Argentina de Farmacología y Terapéutica, sostienen que, “el expendio de drogas sin supervisión médica, de analgésicos, antiácidos, antigripales, suplementos vitamínicos y anti inflamatorios, entre otros, está fuera de control. La auto prescripción constituye un factor de riesgo importante para la salud, siendo los medicamentos más comúnmente utilizados los analgésicos, antiespasmódicos y antibióticos.
Los denominados “venta libre” son fármacos y pueden causar efectos colaterales o interacciones indeseables. La venta libre de los medicamentos sumada al excesivo consumo de estos puede llegar a provocar graves problemas al interactuar con el tabaco o el alcohol, entre otros. La proliferación de comercios que venden medicamentos sin autorización y sin cumplir las normas vigentes se acrecienta; y sí son las farmacias, controladas por el sistema nacional de Salud, ANMAT y por la Secretaría de Salud Provincial, y solo los medicamentos allí dispensados estarán controlados desde su origen, hasta el consumidor garantizando la trazabilidad del producto y con ello la calidad del mismo.

Skip to content