VERANO SEGURO

27 - enero - 2011

La Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Puerto Madryn a través del Área de Servicios Turísticos recuerda la vigencia de determinadas normativas que hacen al disfrute de los usuarios del sector de playa, sean turistas como vecinos de la ciudad y que refieren a la práctica Kitesurf, al uso de sombrillas, a la oferta de servicios turísticos y de servicios de alojamiento.
La Ordenanza Nº 6625/07 establece como zona permitida de bajada al mar para los deportistas con equipamiento para la navegación de kitesurf a la denominada “Playa Kaiser” (ubicada pasando el Ecocentro) desde el 1º de diciembre al 31 de marzo de cada año.
Asimismo, se recuerda que de acuerdo a lo establecido por Ordenanza Nº 5688/05 para poder disfrutar de una temporada segura, es obligatorio poseer estacas o tensores de seguridad en las sombrillas que se ubiquen en la playa. Además todos los comerciantes que vendan sombrillas deben tener presente que deben ofrecerlas con los referidos tensores.
Por último la Ordenanza Nº 7302 prohíbe el ofrecimiento y/o comercialización en la vía pública, dentro del ejido urbano de la ciudad de Puerto Madryn, mediante la entrega de panfletos, volantes o persona a persona, de cualquier servicio turístico de viajes, excursiones y alquiler de vehículos, ya sea prestado por particulares, empresas o agencias de turismo. Mientras que la Ordenanza Nº 3520/00 especifica que está prohibido el ofrecimiento y comercialización de cualquier servicio de alojamiento en la vía pública de cualquier servicio de alojamiento en el ejido urbano de la ciudad de Puerto Madryn ya sea que se realice por medio de panfletos o de persona a persona.

VERANO SEGURO

4 - enero - 2011

La Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Puerto Madryn a través del Área de Servicios Turísticos recuerda la vigencia de determinadas normativas que hacen al disfrute de los usuarios del sector de playa, sean turistas como vecinos de la ciudad y que refieren a la práctica Kitesurf, al uso de sombrillas, a la oferta de servicios turísticos y de servicios de alojamiento.
La Ordenanza Nº 6625/07 establece como zona permitida de bajada al mar para los deportistas con equipamiento para la navegación de kitesurf a la denominada “Playa Kaiser” (ubicada pasando el Ecocentro) desde el 1º de diciembre al 31 de marzo de cada año.
Asimismo, se recuerda que de acuerdo a lo establecido por Ordenanza Nº 5688/05 se recuerda que para poder disfrutar de una temporada segura, es obligatorio poseer estacas o tensores de seguridad a las sombrillas que se ubiquen en la playa. Además se recuerda a todos los comerciantes que vendan sombrillas que deben ofrecerlas con los tensores de seguridad.
Por último la Ordenanza Nº 7302 prohíbe el ofrecimiento y/o comercialización en la vía pública, dentro del ejido urbano de la ciudad de Puerto Madryn, mediante la entrega de panfletos, volantes o persona a persona, de cualquier servicio turístico de viajes, excursiones y alquiler de vehículos, ya sea prestado por particulares, empresas o agencias de turismo. Mientras que la Ordenanza Nº 3520/00 está prohibido el ofrecimiento y comercialización de cualquier servicio de alojamiento en la vía pública de cualquier servicio de alojamiento en el ejido urbano de la ciudad de Puerto Madryn ya sea que se realice por medio de panfletos o de persona a persona.