YA SE NOTIFICARON A LOS COMERCIOS

2 - octubre - 2008

Luego de haber concluido el cronograma de vencimiento de los Ingresos Brutos de agosto –que se realiza en septiembre– la Dirección General de Rentas dependiente de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad, notificó a un total de 500 comercios de los alcances de la Ordenanza N° 6764/08 que establece la prohibición de fumar en espacios cerrados con acceso al público, a todos los comercios habilitados de la ciudad de Puerto Madryn.
Asimismo, la Secretaría de Turismo comenzó las notificaciones de hoteles, agencias de viaje, complejos turísticos y prestadores en general de la misma norma; mientras que la Dirección de Inspecciones Generales de la Municipalidad, desde mañana realizará las notificaciones a aquellos comercios que aún no fueron notificados al momento de la presentación de Ingresos Brutos; y finalmente desde la Coordinación de Tránsito y Transporte, se hará lo propio con el total de las flotas que conforman los servicios transporte público de pasajeros (taxis, remises y colectivos).
En la mañana de hoy, se llevó a cabo una reunión de la que participaron los responsables municipales de las áreas de Habilitaciones Comerciales, Turismo, Inspecciones Generales, Transporte y Comunicación, a los fines de coordinar las acciones preliminares antes del vencimiento del plazo máximo –20 de octubre– para que todas las instituciones, comercios o entidades se adapten a cumplir con la Ordenanza; dado que superado este plazo la autoridad de aplicación comenzará a implementar las multas establecidas.
Vale destacar que al momento de la presentación de la documentación correspondiente a los Ingresos Brutos Municipales, personal de Hacienda hizo entrega tanto de copia de la normativa ya en vigencia y su respectiva reglamentación junto con la oblea autoadhesiva la que deberán colocar en el acceso al comercio. Vale destacar que en la normativa se explicita la obligación de exhibir cartelería de “Prohibido Fumar” en sus respectivos accesos y en su interior; dar a conocer los alcances de dichas prohibiciones al público, al momento de su ingreso y mientras dure su permanencia; e instruir al personal para que comuniquen al público al ingresar y durante su estadía, que no podrán permanecer en las instalaciones si violan estas disposiciones.
Puerto Madryn tiene en plena vigencia los aspectos regulatorios que norma la Prohibición de Fumar en espacios cerrados del ámbito público de la ciudad, a través de la Ordenanza N° 6764/08 (y su modificatoria 6847/08, unificando en un solo cuerpo normativo las medidas en relación a la prohibición de fumar). La norma contiene lo referente a la aplicación de sanciones, autoridades competentes, responsabilidades, bonificaciones, y campañas de concientización y difusión, expresando el objetivo de transformar a Puerto Madryn en una ciudad libre de humo de tabaco mediante la prohibición de fumar en edificios públicos y privados de acceso público.