El Carnet Sanitario es una herramienta que implementa la administración local con la finalidad de cumplir con una de las funciones primarias del Municipio que es prevenir y salvaguardar la salud y el bienestar de la población en general, en especial la de los niños, quienes se encuentran más expuestos a enfermedades infectocontagiosas. Además de adecuarse y cumplir con el Código Alimenticio Nacional y normas impartidas por el Mercosur.
El carnet sanitario es de carácter obligatorio y es un documento personal e intransferible a todas las personas que interactúan de una u otra forma, con el público en general y que desarrollen actividades, rentadas o no, en:
El trámite se debe realizar en Belgrano 585, donde se le facilitará una planilla que debe completar y donde se le notifica sobre los distintos exámenes y requisitos que debe cumplir.
Una vez que se realiza los exámenes debe presentar por la misma ventanilla la planilla completa y con los análisis de los profesionales adjunta.
Una vez verificado los datos y análisis completos, se debe abonar el monto correspondiente al trámite, ya sea por renovación o carnet por primera vez.
Cumplidos los pasos anteriores, quedará el solicitante incluido en el registro permanente de emisión de Carnet Sanitario. Allí quedará registrada la siguiente información:
Este registro será utilizado por el organismo de contralor para realizar inspecciones.
Se otorgaran dos tipos de carnet:
Categoría "A":
Categoría "B":
Los exámenes exigidos deben ser concluidos dentro de los treinta (30) días de iniciado el trámite.
Norma general - Carnet Sanitario Municipal - lineamientos.
Modificar Artículos 3, 7, 8, 9 y 10 - con texto ordenando Ordenanza 3927.
Eximir del pago del monto que se establece en la Ordenanza Tarifaria vigente para la obtención de la Libreta Sanitaria, su duplicado o renovación, a toda aquella persona que acredite de modo fehaciente su condición de desocupado.
Caducidad Temporal
Sanciones
Exención